Valmesa
 VALMESA ® Valoraciones Mediterráneo, S.A.
Sociedad de Tasaciones
 
Homologada por el Banco de España, inscrita como Sociedad de Tasaciones con el nº 4.350 con fecha 31/10/1988
 

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Dossier Informativo > 4) Cumplimiento R.D. 775/1.997 del 30 de Mayo.

4) Cumplimiento R.D. 775/1.997 del 30 de Mayo.

El Real Decreto 775/1.997, del 30 de mayo recoge en su CAPÍTULO I, Artículo 3, Punto 1 los requisitos pertinentes para obtener y conservar la Homologación por el Banco de España de la Sociedades de Tasación. Detalladamente, la aplicación en el caso concreto de nuestra Sociedad, de tales requisitos, es como sigue:

a) Revestir la forma de Sociedad Anónima de fundación simultánea domiciliada en el territorio nacional.

SE CUMPLE

b) Contar con un capital mínimo de 50.000.000 de pesetas íntegramente desembolsado. Dicho capital ha de estar representado en acciones nominativas.

SE CUMPLE. Nuestro capital social asciende a la cantidad de 600.000 Euros (al cambio 99.831.600.-pts), totalmente desembolsado.

c) Limitar estatutariamente su objeto social a la valoración de todo tipo de bienes, empresas o patrimonios.

SE CUMPLE. (ver estatutos)

d) Contar con un número mínimo de diez profesionales de los cuales, al menos, tres han de ser profesionales vinculados.

SE CUMPLE. En la actualidad, contamos con un total aproximado de 402 tasadores/colaboradores habituales ligados mediante contrato mercantil, y 41 técnicos tasadores/supervisores en plantilla vinculados por contrato laboral y alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

e) Disponer de una organización con los medios técnicos y personales, y los mecanismos de control interno necesarios para asegurar tanto un adecuado conocimiento de la situación y condiciones del mercado inmobiliario sobre el que han de operar, como el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables y de las obligaciones e incompatibilidades establecidas en este Real Decreto.

SE CUMPLE. A través del esquema jerárquico y de mandos relacionado en el apartado 5, así como de numerosos y estrictos controles de calidad intermedios (recogidos con detalle en el “APARTADO 11”), tanto en asuntos técnicos como administrativos y contables, se garantiza la homogeneidad y fidelidad de los procesos a que se refiere el precepto anterior.

f) Tener asegurada frente a terceros la responsabilidad civil que pudiera derivarse de su actividad de tasación mediante póliza de seguro suscrita con una entidad aseguradora habilitada legalmente para operar en el seguro de responsabilidad civil, por un importe no inferior a 100.000.000 de pesetas, más el 0.50 por 1000 del valor de los bienes tasados en el ejercicio inmediatamente anterior, hasta alcanzar la cifra máxima de 400.000.000 de pesetas.

SE CUMPLE. Nuestra póliza de seguro de Responsabilidad Civil cubre hasta un límite máximo de indemnización por siniestro de 3.005.060,52 € (Ver “APARTADO 14”).

g) Contar con un Consejo de Administración formado por no menos de tres miembros. Todos ellos serán personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional, debiendo poseer, al menos aquellos que ejerzan funciones ejecutivas, conocimientos y experiencia adecuados para su ejercicio.

SE CUMPLE. Actualmente el Consejo de Administración está constituido por los siguientes accionistas:

* D. Fernando Reverte Lledó.
* Dª Angelina Sánchez Ferrer.
* D. Evaristo Soler García.

Todos ellos perfectamente capacitados y habilitados legalmente para el ejercicio de sus funciones de conformidad con lo dispuesto en los Puntos 2 y 3 del citado Real Decreto, figurando como tales desde la fundación de la Sociedad, con lo cual todos ellos acreditan una larga experiencia en el sector.

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